El Instituto Nacional para Ciegos –INCI participó en la expedición de la Circular 124, que busca mejorar los protocolos de acceso en los puestos de votación para las personas con discapacidad.
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La Registraduría Nacional del Estado Civil expidió la
Circular, con el ánimo de darle cumplimiento a la Convención sobre los
derechos de las personas con discapacidad.
En su propósito de lograr la inclusión de las
personas con discapacidad visual, el Instituto Nacional para Ciegos –INCI
participó en las mesas de trabajo que
derivaron en la Circular 124, con la que la Registraduría Nacional del Estado
Civil busca darle cabida a la accesibilidad de los ciudadanos con discapacidad
en los puestos de votación.
Para darle cumplimiento a la
Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad, la
Registraduría presentó algunas medidas “con el objeto de garantizar el
ejercicio del derecho al voto a esta población tanto para el proceso de
creación o reubicación de puestos de votación, como para el desarrollo de los
comicios”.
La primera medida
corresponde a la accesibilidad en los puestos, que ordena a los registradores
del Estado Civil a buscar instalaciones que cuenten con la adecuada
infraestructura para el acceso de las personas en discapacidad, como rampas,
pasamanos y senderos libres de obstáculos. De igual manera, disponer las mesas
de votación en los primeros pisos, de lo contrario, contar con ascensores o
rampas.
La segunda medida hace
referencia a las tarjetas en tinta-braille y ordena que los registradores del
Estado Civil deben proporcionárselas a los delegados de cada puesto para que estén disponibles cuando
alguna persona con discapacidad visual lo solicite.
Otra de las disposiciones
hace referencia a un cubículo adicional para ser suministrado a los ciudadanos
con discapacidad y, de esta forma, evitar la congestión en los recintos, así
como garantizar el cumplimiento del artículo 16 de la Ley 163 de 1994, en lo
concerniente a los acompañantes de las personas con discapacidad.
De igual manera, para
garantizar la existencia de tarjetas electorales en tinta-braille, se dispuso
que, ante la falta de estas en alguna mesa de votación, se deberá, mediante
protocolo, trasladar tarjetas braille de un puesto de votación a otro aledaño.
La Circular es enfática en
que para que estas medidas se lleven a cabo, los registradores del Estado Civil
deben contar con un video de sensibilización dirigido a los jurados de
votación, delegados de puesto, testigos electorales y Fuerza Pública y se
proyecte en cada una de las capacitaciones.
De este modo, Colombia
avanza en materia de inclusión. El INCI aplaude la medida, que garantiza que
las personas con discapacidad puedan acceder a su derecho al voto.
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